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    Zacatecas Por STAFF

    Persisten dudas en los lineamientos de audiencias: Julieta del Río

    30 de agosto de 2026No hay comentarios5 Minutos de lectura
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    ZACATECAS. Con la publicación de los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias en el Diario Oficial de la Federación, persisten las dudas y situaciones preocupantes”, afirmó Julieta del Río Venegas, especialista en transparencia y protección de datos personales.

    Explicó que, de acuerdo con la información difundida tras el cierre de la consulta pública, se recibieron 8 mil 889 comentarios, de los cuales 7 mil 307, equivalentes al 82.2%, expresaron una postura contraria a la propuesta. Además, 863 fueron favorables, 544 presentaron una postura matizada y 175 no fijaron una posición.

    Del Río señaló que “esto no cuadra con lo que finalmente se publica en el Diario Oficial de la Federación”. Incluso, un análisis de Mexicanos Contra la Corrupción identificó que 17 de los 54 artículos fueron modificados o suprimidos y advirtió que, pese a los cambios, permanecen disposiciones que podrían generar riesgos para la libertad de expresión. La organización también alertó que tres mecanismos con riesgo de censura y sanción permanecieron sin cambios en los lineamientos publicados en el DOF, a pesar de que 82.2% de las participaciones en la consulta expresaron una postura contraria a la propuesta.

    “Debe ser un asunto de máximo interés para todos en este país, porque cuando hablamos de medios de comunicación estamos hablando también de libertad de expresión, libertad de información y del derecho de los ciudadanos a decidir qué queremos ver, escuchar y pensar”, señaló.

    Para Del Río Venegas, uno de los principales cuestionamientos está en determinar quién y bajo qué criterios decidirá qué es una opinión y qué es información.

    “¿En dónde termina la información y dónde comienza la opinión? Un medio o yo puedo emitir una opinión en una entrevista, por ejemplo: En mi opinión, el nuevo modelo de transparencia no está funcionando’. Pero esa opinión puede estar sustentada en información verificable: solicitudes de información sin respuesta, recursos pendientes de resolver, problemas para acceder a los portales y a la PNT, sujetos obligados que no cumplen con sus obligaciones o información pública que se reserva sin una justificación suficiente”.

    “Entonces, ¿la autoridad lo tomaría como opinión o como información? Ese es precisamente el problema. Si una autoridad tiene facultades para determinar esa diferencia, debe existir absoluta claridad sobre los criterios y garantías para que esa facultad no termine convirtiéndose en una forma indirecta de limitar la libertad de expresión”.

    La aprobación de los Lineamientos incorpora algunos cambios respecto de la propuesta original. Entre ellos, la CRT señaló que acotó su intervención al cumplimiento de los procedimientos de atención de quejas y que no revisará contenidos ni decisiones editoriales. También se modificaron disposiciones relacionadas con la información falsa o descontextualizada.

    “Estos cambios son importantes, pero también hacen más necesaria la transparencia sobre el proceso de análisis. La pregunta ahora es: ¿qué observaciones fueron atendidas, cuáles no y por qué? No basta con decir que hubo modificaciones; hay que explicar cómo se llegó al texto final”, señaló Del Río Venegas.

    Asimismo, informó que Artículo 19 cuestionó que no exista claridad suficiente para advertir si hubo un proceso técnico y adecuado de análisis de los comentarios recibidos y cómo estos se tradujeron en la modificación de los lineamientos.

    Julieta del Río consideró que, bajo el principio de máxima publicidad, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones debe mantener disponible un informe detallado que permita conocer la participación ciudadana y la valoración de las observaciones recibidas, incluyendo cuáles fueron incorporadas y cuáles fueron descartadas, así como las razones.

    “Una consulta pública no debe convertirse en un requisito que se cumple para continuar con un procedimiento. Si la ciudadanía participó, tiene derecho a saber para qué sirvió su participación. Eso también es transparencia y rendición de cuentas”.

    La excomisionada del INAI recordó que en esta discusión convergen derechos fundamentales que deben protegerse simultáneamente: los derechos de las audiencias, el derecho a la información y la libertad de expresión.

    “Es positivo que la versión aprobada haya acotado la intervención de la autoridad y que se haya precisado que no revisará contenidos ni decisiones editoriales. Pero, precisamente por la preocupación que generó la propuesta original, será indispensable vigilar cómo se aplicarán en la práctica estas disposiciones y cuáles serán los límites de actuación de la CRT”.

    Advirtió que cualquier regulación debe establecer límites claros a la actuación de la autoridad y evitar conceptos ambiguos que puedan generar interpretaciones discrecionales sobre los contenidos difundidos en radio y televisión.

    “Defender los derechos de las audiencias sí; construir mecanismos que puedan convertirse en instrumentos de censura o control de la información, no. Una autoridad no debe convertirse en árbitro de lo que la sociedad puede escuchar, ver o cuestionar”.

    Del Río Venegas agregó que también debe garantizarse la independencia de las defensorías de las audiencias y establecer mecanismos sencillos y efectivos para que las personas puedan presentar inconformidades y obtener respuestas.

    “La Constitución está por encima de cualquier ley, lineamiento o monitoreo. El artículo sexto constitucional es muy claro y el séptimo también: nadie puede cortar nuestro derecho como audiencias”, señaló.

    “Nosotros somos las audiencias. Decidimos qué ver, qué escuchar y a quién seguir. Si algo no nos gusta, tenemos la libertad de cambiar de canal o hacerlo con un solo clic. Podemos creerle o no creerle a un periodista o comunicador. Esa es la libertad de ideas que tenemos en este país. No pueden regular nuestras ideas ni nuestros pensamientos”.

    Finalmente, consideró que la publicación de los Lineamientos no debe significar el cierre de la rendición de cuentas sobre la consulta, sino el comienzo de una etapa de máxima transparencia.

    “Ahora necesitamos conocer los resultados completos. Saber quiénes participaron, qué dijeron y qué cambió como consecuencia de esa participación”, finalizó.

    Julieta del Río Venegas Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias Transparencia
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