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    Opinión Por JENNY GONZÁLEZ ARENAS

    AD HOC

    5 de marzo de 2026No hay comentarios3 Minutos de lectura
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    Derecho Internacional Humanitario o Derechos Humanos

    Cuando ocurren situaciones de conflicto internacional, como está ocurriendo en estos momentos, con frecuencia se habla de los derechos humanos de la población civil que debe gozar de ciertas garantías mínimas de respeto ante una disputa internacional que rebasa a las fuerzas de orden público.

    En automático pensamos en los derechos humanos de esas personas, aunque se nos ha enseñado que los derechos humanos son violentados por el Estado o los particulares que pertenecen o al menos se desenvuelven en el mismo territorio en el que viven los ciudadanos que se dicen víctimas de violación a sus derechos.

    Si es otro país, otro gobierno quien invade un territorio, bajo cualquier pretexto y pone en riesgo las garantías de la población, entonces lo que se invoca es el Derecho Internacional Humanitario (DIH).

    A diferencia de los derechos humanos, que se invocan en tiempo de paz o de conflicto social interno, el DIH se invoca en tiempo de conflicto armado y tiene como finalidad proteger a la población civil de los estragos de la guerra.

    Dentro del marco normativo que rige el DIH encontramos las cuatro Convenciones de Ginebra que hablan sobre derechos de los militares heridos en los ejércitos en campaña, los de los militares heridos, enfermos o náufragos de las fuerzas armadas del mar, la relativa a los prisioneros de guerra y, finalmente, la de protección a las personas civiles en tiempos de guerra.

    Dentro del amplio corpus iuris del DIH, encontramos los protocolos facultativos de las convenciones de Ginebra, relativos a la protección de las víctimas en el conflicto armado, así como tratados que prohíben el uso de ciertas armas químicas o material biológico cuyos efectos no se puedan controlar o puedan afectar de manera indiscriminada a la población independientemente de encontrarse en la zona de conflicto o no.

    Como podemos observar, el DIH tiene un campo de acción perfectamente delimitado y tendrá aplicación en aquellos conflictos cuyas partes hayan ratificado los alcances de dichos documentos, sin embargo, se trata pues de reglas de guerra que deberán ser respetadas con la finalidad de proteger a la población civil de las consecuencias del conflicto armado.

    Un elemento que se debe tener siempre presente es que el derecho internacional de los derechos humanos es aplicable en todo momento, siempre y cuando sea en periodo de paz, puesto que dentro de ese mismo derecho encontramos normas que señalan en qué momento pueden suspenderse los derechos humanos y claramente se especifica que eso puede ser en periodo de guerra, y es justo ahí donde inicia su acción el DIH, que protegerá a los civiles en periodo de suspensión de derechos humanos y a las víctimas de los conflictos armados.

    Cabe señalar que el DIH no es aplicable solamente en conflictos internacionales donde intervienen mínimamente dos países, ya que también se puede aplicar en conflictos internos en los que la tensión aparece entre el ejército o las fuerzas del orden estatales frente a grupos organizados como guerrillas, paramilitares o disidentes.

    En conclusión, los derechos humanos tanto a nivel nacional como internacional sirven en tiempos de paz y pueden ser suspendidos, algunos de ellos, en el marco de un conflicto armado; pero la población civil no puede quedar desprotegida, por tal motivo entra en acción el DIH que protegerá a las víctimas del conflicto armado y a la población civil.

    Dado el conflicto internacional que se está suscitando, estaremos escuchando cada vez con mayor frecuencia el concepto de Derecho Internacional Humanitario.

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