ZACATECAS. Mediante un comunicado, el Consejo General del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) dio a conocer este jueves que resolvió cancelar el nombramiento del ex rector Rubén de Jesús Ibarra Reyes como Investigador Nacional Nivel I e inhabilitarlo durante 20 años para volver a formar parte del sistema.
Las sanciones comienzan a contar a partir de la notificación oficial al sancionado.
La decisión se derivó de una denuncia presentada por académicas de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ), respaldada por información oficial de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE) y documentación emitida por el Consejo Universitario de la máxima casa de estudios.
“[En la documentación] se confirma que el ex rector aceptó responsabilidad penal mediante procedimiento abreviado por un delito de carácter sexual. La Junta de Honor concluyó que dicha conducta contraviene el deber ético establecido en el Reglamento del SNII”, se lee en el boletín.
BASES
A través del comunicado, el Consejo General del SNII dio a conocer los antecedentes del caso, los que produjeron que se llevara a cabo la decisión de rescindir a Ibarra Reyes de su cargo como investigador.
Primero, el 19 de mayo, el Consejo Universitario de la UAZ destituyó a Rubén Ibarra por delito intencional y faltas graves, con base en su Ley Orgánica. El denunciado presentó una contestación donde negó faltas éticas y alegó irregularidades procesales.
En ese entonces, la Junta de Honor del SNII solicitó información a la máxima casa de estudios y a la FGJE para confirmar los hechos. La dependencia emitió un boletín y confirmó que la causa penal estaba en etapa de ejecución de una sentencia de cuatro años (por el delito de abuso sexual agravado de una niña) derivada de un procedimiento abreviado.
Fue el 4 de junio cuando se presentó una denuncia contra el ex rector de la UAZ ante la Junta de Honor del SNII. La denuncia fue acompañada de comunicados oficiales, documentos universitarios y un boletín de la Fiscalía que daba cuenta del proceso penal.
CONDENAN CONDUCTA
El Consejo General del SNII mencionó que la FGJE acreditó que el denunciado aceptó responsabilidad penal y recibió sentencia.
Asimismo, ahondó, en su renuncia, Rubén Ibarra reconoció que optó por el procedimiento abreviado “para evitar mayor exposición”, lo que la Junta de Honor interpretó como reconocimiento del hecho.
Es así que “la conducta del denunciado contraviene el artículo 34, fracción VIII, del Reglamento del SNII, que obliga a mantener una conducta ética acorde con la función académica”.
También dio a conocer, que la Junta de Honor verificó en el padrón del Sistema que varias de las firmantes son investigadoras reconocidas, desechando el argumento de falta de legitimación. Además, “el denunciado no aportó elementos suficientes para desacreditar la información confirmada por autoridades universitarias y ministeriales”.
