ZACATECAS. El consejo local del INE en Zacatecas ordenó al propietario o administrador de la cuenta de Facebook denominada ‘Néstor Santacruz Márquez’ (actual dirigente estatal del PRD) que elimine la publicación de propaganda o promoción de una persona candidata de la elección judicial federal.
En sesión extraordinaria, convocada en calidad de urgente este viernes, los consejeros electorales resolvieron por unanimidad la adopción de estas medidas cautelares en el procedimiento sancionador iniciado con motivo de la queja interpuesta por Morena en contra de estos actos atribuidos a Santacruz Márquez.
El partido guinda denunció que el dirigente estatal del PRD hizo una publicación en su cuenta de Facebook en la que difunde propaganda de una persona candidata en la elección del Poder Judicial de la Federación.
Durante la sesión se expuso que esta queja fue interpuesta ante el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), que acreditó y certificó el hecho denunciado a través de su oficialía electoral, y turnó el expediente al INE para que aplicará las medidas cautelares.
Matía Chiquito Díaz de León, consejero presidente del IEEZ en Zacatecas, explicó que el artículo 96 constitucional prohíbe a servidores públicos, militantes y dirigentes de partidos políticos participar en la promoción del voto y posicionamiento de candidaturas de la elección judicial, federal y local.
Por eso, el consejo local del INE determinó declarar procedente la medida cautelar mediante la cual “se ordena al propietario o administrador de la cuenta de Facebook ‘Néstor Santacruz’ que un plazo, que no puede exceder de 6 horas, elimine la publicación objeto de procedimiento y en un plazo de 24 horas notifique de su cumplimiento”.
Además, “se abstenga de realizar actos de proselitismo o posicionamiento a favor o en contra de candidatas a personas juzgadoras en la elección judicial del Poder Judicial federal y local”.
El consejero presidente del INE aclaró que la queja será resuelta por el Tribunal electoral federal. “El decretar medidas cautelares no prejuzga del fondo del asunto, el procedimiento de queja seguirá su trámite ordinario y expediente remitido a la Sala Regional especializada, donde se tomará la determinación de fondo”.