De la Constitución política de 1825
El discurso preliminar de la Constitución política del estado de Zacatecas de 1825 dice: “Zacatecanos: ¿Y habéis tenido virtudes para remover este cúmulo inmenso de obstáculos tan formidables? Nada menos, el hecho es constante y vuestra gloria será eterna; habéis vencido: hallasteis los colores necesarios, para ver en este cuadro, que representa la Constitución del Estado, la imagen de vuestra independencia y libertad.
“El pincel no es el de un Apeles, es de vuestros representantes; de hombres que jamás lo habían manejado en pinturas, cuyo emblema debe acomodarse al exquisito y delicado gusto de los que saben pensar, como al tosco y estragado de los que piensan sin saber.
“Si vuestros derechos no están dibujados con toda la perfección del arte, si notáis falta de destreza en su combinación, tramos desocupados, y figuras, que os desagraden, advertiréis, también, que ha sido obra de pocos meses, que la mano que la ha trazado, no ha tenido maestro que la dirija, que se ha gastado mucho tiempo en aderezar el lienzo, que la oposición de muchos ambiciosos y mal contentos había hecho áspero y rugoso; y que si por último no satisface vuestros deseos, ni llena vuestras esperanzas, a lo menos, ha sido el fruto de un penoso y constante trabajo, de una dedicación sin descanso, y de un interés y anhelo por vuestra felicidad, que en nada desdice a la confianza, que en ellos habéis depositado”.
El objetivo de está transcripción es referir cómo los diputados procuraban sensibilizar a los receptores de su trabajo legislativo y hacer nota sobre el emergente constitucionalismo regional, ligado sin duda al constitucionalismo republicano federal de la época. No ignoremos su comprensión del federalismo como confederalismo en Zacatecas.
Los diputados firmantes manifestaban interés por dar a conocer que elaboraron y sancionaron un documento axial (enero 17 de 1825. El mismo día, el gobernador promulgó la Constitución).
El discurso fue incluido en la impresión de la Constitución política de Zacatecas, hecha en un taller de Guadalajara (viuda de Terreros). Entonces el taller de Zacatecas no tenía capacidad para elaborar más de un par de centenares de libros de cuarto, pues se requería tal cantidad, en un sólo tiro, para distribuir antes de la jura formal de la Constitución.
Previo a la jura (abril 3 de 1825), el mismo discurso fue impreso en medio pliego para distribuir en los pueblos, villas y ciudades del estado (marzo del mismo año).
Su edición estuvo destinada para ser leída en voz alta en lo que llamaban las plazas acostumbradas, donde se congregaban transeúntes o convocados expresamente y con ello se daba cuenta al pueblo reunido que escuchaba al lector, fuese por un pregonero o un integrante de la autoridad con cargo.
El proyecto de la Constitución fue redactado por una comisión del seno del Congreso constituyente (Juan José Román, Ignacio Gutiérrez de Velasco, Pedro Ramírez, Domingo Velázquez, Juan Bautista de la Torre).
Es manifiesto que éstos hicieron las lecturas casi obligatorias inmediatas: la Constitución federal de 1824, la de Estados Unidos, la de Cádiz; se agregan las doctrinas e ideas traducidas que fluían en el republicanismo latinoamericano: Juan Jacobo Rousseau (Contrato Social); Carlos Luis Montesquieu (El espíritu de las leyes); Jeremías Bentham (fragmentos sobre gobierno) y un tradicional como Francisco Martínez Marina. No obviar el abrevadero de los periódicos difusores del federalismo.
No obstante, la propuesta redactada por la Comisión de Constitución y el debate entre los diputados, la intervención de particulares y grupos acuerpados fue constante. También interactuaron las comisiones legislativas de Hacienda, Gobierno, Justicia y Guerra.
La Constitución política, en tanto resultado como trabajo principal del Congreso, fue sancionada el 17 de enero de 1825. El mismo día la promulgó (aprobó y firmó) el gobernador del estado. Siguió la fase de legitimación conforme a la época, sin dejar de invocar el sentido religioso del documento.
Posdata
La Constitución es la configuración textual de un mito necesario que une, divide y configura una nación. Es regla escrita constitutiva del Estado.
