ZACATECAS. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estipuló que las mujeres o personas con capacidad de gestar son suficientes para reclamar mediante un juicio de amparo la inconstitucionalidad de artículos que penalicen el aborto, lo cual celebraron integrantes del Movimiento Feminista de Zacatecas.
Emilia Pesci Martínez, integrante del movimiento, aseguró que con esta resolución “abre la puerta para cualquier mujer que se sienta agraviada por los términos en los que están redactados los códigos penales en las entidades”.
Expuso que no bastó el llamado realizado en septiembre de 2021, en el que la SCJN llamó a no criminalizar a las mujeres por interrumpir un embarazo hasta terminar la semana 12, pues a pesar de ello no se realizó la homologación legislativa, tal como ocurrió en Zacatecas, donde “siguió la ignorancia, la terquedad”.
Celebró que esta resolución emitida el 21 de junio marca “un antes y un después”, ya que posterior a 2021 fueron presentadas diversas demandas de amparo, “que no siempre avanzaron en el Poder Judicial, debido a que de acuerdo con la ley (…) la persona tendría que estar gestando o de mujeres que tuvieran una urgencia para interrumpir el embarazo”.
El documento emitido por la SCJN expone que las normas que penalizan el aborto potencialmente pueden comprometer o limitar el acceso de las mujeres y personas con capacidad de gestar a una debida protección a sus derechos humanos.
Asimismo, destacaron que éstas discriminan a quienes cuentan con la capacidad de gestar y no tienen un embarazo en curso que impacta en su derecho a elegir su plan de vida, en sus derechos sexuales y reproductivos.
“De forma tal que, sin que sea necesario requerir que la persona se encuentre embarazada y que además no tenga la voluntad de continuar con el embarazo, le asiste el derecho a cuestionar por la vía constitucional la forma en la que el legislador decidió criminalizar la conducta de la mujer para proteger el derecho a la vida del producto en gestación” exponen.
Objeción de conciencia
Ante esta determinación, la diputada local Karla Dejanira Valdez Espinoza reconoció que, efectivamente, quienes incurran en esta práctica pueden recurrir a este ejercicio legal.
Sin embargo, así como las mujeres pueden ampararse, mencionó que en las instituciones de salud tienen mecanismos de objetores de conciencia, para que el personal médico se niegue a realizar dicha práctica.
En mayo, las comisiones unidas de la Legislatura local rechazaron un dictamen en el que se proponía la despenalización del aborto.
Valdez Espinoza, quien estuvo en contra del dictamen, dudó que se fuera a retomar el tema ante las disposiciones de la SCJN e incluso consideró que hay asuntos más prioritarios en la Legislatura.
Al cierre del 2022, el titular de Transparencia de la Secretaría de Salud de Zacatecas (SSZ), Cristóbal Ortega Espinosa, reportó que la secretaría, hasta ese momento, no se había negado a algún procedimiento de interrupción del embarazo y “cabe mencionar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la objeción de conciencia”.
Carpetas de investigación
Este año las carpetas de investigación por el delito de aborto en Zacatecas se triplicaron en comparación con 2022, según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), al pasar de tres a ocho en el presente año.
De enero a mayo del 2022, no se inició alguna carpeta de investigación, mientras que en el mismo periodo en 2023 ya se tiene el reporte de ocho: una en enero, dos en febrero, una en marzo y abril, y tres en mayo.
A pesar de presentarse este número de carpetas de investigación, Arturo Nahle García, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJEZ), aseguró que hasta la fecha no se cuenta con proceso penal alguno en marcha por este delito; además, destacó que es un delito que se denuncia poco.
“Es una figura delictiva que poco se denuncia, ¿quién puede denunciar a un abortante? son hechos que evidentemente ocurren y creo que a diario, pero no son hechos que frecuentemente se denuncien”, reafirmó.
Aunado a ello destacó que el TSJEZ está obligado a actuar según lo estipulado por la SCJN.