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    Zacatecas Por STAFF/NTRZACATECAS.COM

    Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción emite comunicado

    31 de enero de 2022Actualizado:20 de junio de 2023No hay comentarios6 Minutos de lectura
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    Mediante un comunicado, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de Zacatecas emite su postura sobre el retorno de las denominadas  herramientas legislativas” o “apoyos sociales”.

    Nos dirigimos a todas y todos ustedes, para compartirles las razones por las cuales los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción, hacemos nuestros los reclamos de la ciudadanía, expresados en la voz de diversos y significativos actores, incluyendo a algunos Cabildos, señaladamente el de Jerez, el de Zacatecas y el de Jalpa, que se han manifestado en contra del retorno de las denominadas “herramientas legislativas”, o “apoyos sociales”. Como se ha informado ya, la H. LXIV Legislatura volvió a aprobarlas -incorrectamente, a nuestro juicio- en diciembre del año pasado, después de que éstas habían sido ya suprimidas. Por ese motivo, se pretende, para aprobar dichas “ayudas sociales”, reformar el Artículo 65 de la Constitución Política del Estado, para lograrlo se requiere de las 2/3 partes de los Ayuntamientos del Estado, solo así, se consideraría aprobada la minuta. Un serio problema, es que si en el plazo de 30 días naturales, a partir de que recibieron la minuta (enviada vía correo el 23 de diciembre pasado), los Ayuntamientos no expresan su parecer, se entenderá que la aprueban (positiva ficta). De ahí la necesidad perentoria de contribuir al debate público sobre este tema.

    A reserva de ampliar y profundizar posteriormente nuestros argumentos, consideramos que las denominadas “ayudas sociales” que propone (re)-establecer la H. LXIV Legislatura, afecta al cumplimiento de los derechos humanos otorgados por el marco normativo vigente a la ciudadanía zacatecana, e igualmente estaría vulnerando otros principios constitucionales, que a titulo enunciativo -a continuación apuntamos: el derecho humano colectivo al desarrollo; el derecho a la legalidad y seguridad jurídica; el derecho humano a la transparencia; el derecho a la Buena Administración de los Recursos Públicos; Los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, que los servidores públicos deben observar en el desempeño, de sus empleos, cargos, o comisiones; Los principios rectores del combate a la corrupción, en sus aspectos de prevención y combate a la corrupción conforme a los principios y directrices establecidos en los artículos 109 y 113 de la constitución Federal; el Deber de protección, respeto, garantía y y de prevención de los Derechos Humanos en los términos exigidos por los principios y directrices establecidos en los artículos 1° de la Constitución Federal, y en el 1° y 2° de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos de los que México es parte; la Obligación del Estado de prevenir y combatir la corrupción y el correlativo derecho de los gobernados, conforme a artículos 1º, 2º, 3º, 6º, 8º, 9º y 10º de la Convención de la Naciones Unidas; y, finalmente, la Obligación del Estado de prevenir y combatir la corrupción, y el correlativo derecho de los gobernados, conforme a la Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de los Estados Americanos, de la que México es parte.

    Como constatamos de los derechos humanos y principios constitucionales arriba enunciados, que estarían siendo potencialmente vulnerados, de concretarse la aprobación de las “ayudas sociales”, en la medida en que dicho acto del Poder Legislativo atañe a diversas interpretaciones, enunciados y relaciones jurídicas vinculadas al Presupuesto de Egresos, en el caso que nos ocupa, es importante agregar, como fundamento de nuestra posición para considerarlo legalmente improcedente, y pedir sea rechazado por los H. Cabildos que aún no lo han definido, las consideraciones siguientes:

    1)…”El rubro de “ayudas sociales” no deriva de alguna obligación de proveer de recursos públicos a la ejecución de alguna ley o programa gubernamental.
    2) Es un rubro de gasto que se pone a disposición de cada uno de los integrantes de la legislatura, para que estos decidan unilateralmente su destino y sus posibles beneficiarios. La relación jurídica primaria que deriva del acto reclamado tiene como destinatarios primarios a los diputados integrantes de la Legislatura.
    3) El rubro de “ayuda social”, establece una relación jurídica mediata con la sociedad, pero carece de una población objetivo identificada o identificable, así como de objetivos o metas por cumplir.
    4) En consecuencia aun cuando se esté ante un enunciado normativo general, la relación jurídica que se establece tiene como contenido actos de disposición presupuestaria en el que los legisladores determinan discrecionalmente los supuestos de hecho y los destinatarios de su actuación.”
    5) Así mismo, es necesario analizar el modo en que la aprobación de estas “ayudas sociales” podría tener el efecto de reducir el presupuesto de los municipios.

    Dentro de este marco referencial, se puede fundamentar más ampliamente la oposición a dichas “ayudas sociales”. Nos unimos de este modo, a los otros actores que se han manifestado con el mismo sentido: rechazar las “ayudas sociales” en el Presupuesto de Egresos del 2022. Con ese motivo, exhortamos a los Presidentes Municipales, a los H. Cabildos, y a los actores relevantes de la sociedad civil organizada de los 58 municipios del Estado de Zacatecas, así como a las autoridades del Gobierno Estatal, igualmente a los integrantes del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, a participar en el debate, proporcionando información relevante, y abriendo espacios de democracia deliberativa, donde se analice en profundidad, las razones que han sido ya expuestas por diversos actores clave, encaminadas a rechazar el insostenible retorno -ético, político y jurídico- de las fantasmáticas “ayudas sociales”, caldo de cultivo de relaciones de clientelismo, que por su excesiva discrecionalidad, apuntan en un sentido contrario a los esfuerzos por erradicar la corrupción y la impunidad, o bien, quienes así lo consideren, a expresar, las razones por las cuales pretenden que dichas “herramientas legislativas” o “ayudas sociales” sean re-establecidas.

    Finalmente, refrendamos públicamente nuestro compromiso para continuar participando en un proceso de mayor alcance, y para ello hacemos extensiva la invitación a continuar analizando este sensible tema, incluyendo en dicho seguimiento lo relacionado con la “estafa legislativa” de la anterior Legislatura, así como retomando el asunto de la falta de nombramiento del titular del Órgano Interno de Control (OIC), esta vez, en lo que concierne a la LXIV Legislatura. Para ello, manifestamos nuestro interés en poder formar parte de una coalición de actores plural y diversa, ciudadana, dispuesta a promover otras acciones -incluyendo la figura del juicio de amparo-, con el objetivo de suprimir las “ayudas sociales” aquí en comento. En cumplimiento de nuestro mandato y en defensa del marco normativo del Estado Democrático y de Derecho.

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